Pensión de alimentos. Motivación suficiente. El juicio de proporcionalidad corresponde a la instancia. Las sucesivas resoluciones serán eficaces desde el momento en que se dictan, en que sustituirán las anteriores. Si durante la convivencia los progenitores habían acordado que determinados gastos formaban parte de la formación integral de sus hijos, siempre que se mantenga el nivel económico que existía antes de la separación/divorcio, deben considerarse los gastos acordados como ordinarios.

STS, Civil sección 1 del 26 de Octubre del 2011 ( ROJ: STS 7070/2011) Recurso: 926/2010 | Ponente: ENCARNACION ROCA TRIAS Motivación: no se exige que sea exhaustiva. No es…