Mi nuevo ebook: LA CUSTODIA COMPARTIDA EN LA PRÁCTICA JUDICIAL

Portada Ebook 3D¿Que factores tienen en cuenta los Jueces para atribuir la custodia compartida?, ¿Cómo  valoran estos factores? ¿Qué periodos de alternancia se están aplicando en la práctica? ¿Qué alternancia resulta adecuada en cada edad del menor?... Son preguntas que muchos juristas y justiciables se plantean con frecuencia. Mi nuevo ebook viene a tratar de dar respuesta a estas cuestiones. Se trata de un completo estudio de los criterios y factores que valoran los Tribunales así como de las formas de alternancia que se vienen utilizando usualmente a la hora de decidir la atribución de la custodia compartida. Se citan y reseñan además más de 100 Sentencias de Audiencias Provinciales y del Tribunal Supremo sin faltar, en su justa medida, opiniones doctrinales tanto jurídicas como del campo de psicología. El ebook está en formato pdf tiene una extensión de 50 páginas. Puedes ojear su Indice y adquirirlo, si lo deseas, en la tienda on line de mi página web www.jurisprudenciaderechofamilia.com/ebooks/ al precio de 6 €.

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3 Comentarios

  1. De conformidad con la Ley Nº 29269, en el Perú se incorporó a partir del año 2008 la figura de la «Tenencia Compartida», de esta manera se modificó el artículo 81º del Código de los Niños y Adolescentes en los términos siguientes:
    “Cuando los padres estén separados de hecho, la tenencia de los niños, niñas o adolescentes
    se determina de común acuerdo entre ellos y tomando en cuenta el parecer del niño, niña o
    adolescente. De no existir acuerdo o si este resulta perjudicial para los hijos, la tenencia la
    resolverá el juez especializado dictando las medidas necesarias para su cumplimiento,
    pudiendo disponer la tenencia compartida, salvaguardando en todo momento el interés
    superior del niño, niña o adolescente.»
    Vemos pues que, a tenor de lo indicado en la norma, los jueces peruanos pueden aplicar esta figura como último recurso en caso de que padre y madre no lleguen a algún acuerdo, o si este acuerdo perjudica al menor o menores en cuestión.
    Particularmente pienso que hay que tener cuidado en aplicar este dispositivo, viendo lo que más favorezca al niño, niña o adolescente (Principio del Interés Superior del Niño y Adolescente), y analizando cada proceso judicial de tenencia de manera integral, ya que el menor podría verse afectado en algunos casos por haberse optado la tenencia compartida, esta afectación básicamente en el área emocional de los niños, niñas y adolescentes al estar trasladándose por ejemplo semana a semana de una casa a otra, hay que ver también que el padre o la madre tienen opiniones, consejos o conceptos distintos que al aplicarlos pueden confundir a los menores involucrados en estos casos de tenencia compartida.

    Saludos desde Lima, Perú.
    Miguel Angel Canales Goycochea
    Abogado

    1. Buenas tardes Miguel Angel:

      En efecto, aqui como en Peru, el principio fundamental que rige la cuestion es el interes superior del menor; la valoracion de todas las circunstancias facticas que pudieran influir en la decision judicial final (carácter de las relaciones entre los progenitores, implicación parental, distancia entre domicilios, edad del menor…) estan supeditadas a que, en definitiva, no quede perjudicada la estabilidad fisica y emocional del menor. Muchisimas gracias por tu aportacion, Miguel Angel.

      Cristobal Pinto

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